Cannabis sativa Lam., cáñamo de la India, o cáñamo cultivado son algunas de las denominaciones de lo comúnmente conocido como marihuana/marijuana, y que según los informes recientes de la Junta Internacional de Estupecientes (JIFE) y de la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) de las Naciones Unidas, es la sustancia psicoactiva de uso recreativo más utilizada del planeta. De hecho, se estima que más de 190 millones la consumen, aproximadamente el 4% de la población mundial.
BREVE RESEÑA
El uso de la cannabis se estima que llegaría mas allá de los 6.000 (a. C.) años en Asia, quizás en las costas de China, la isla de Formosa, desde los asirios hasta el Nepal, la India, y muchos pueblos otros más. Se desconoce con exactitud su lugar de origen y algunos sostienen podría haber sido la región del Mar Caspio. Inicialmente tuvo un uso industrial (cuerdas, papel, telas, etcétera) a partir de la valiosa y resistente fibra que posee. En el aspecto medicinal, ya en la farmacopea China, el herbario Pen Ts’ao Ching, (circa 2700 a. C.) se la menciona por sus propiedades tanto medicinales-psicotrópicas, y se destaca esa cualidad ambivalente de poder observar bajo sus efectos dioses y demonios. Así también fue mencionada por Heródoto (V. a C), pasando por otros tantos en distintas épocas como Dioscórides (40 d.C.) en su obra De Materia Medica, Galeno (130 d.C.). De este modo sus usos médicos quedaron registrados en la historia, se lo ha suministrado como analgésico, antitusivo, estimulante, sedante, antibacteriano, hipnótico y anestésico, y para otras tantas afecciones en las que podía ser de alguna utilidad para el hombre.
Asimismo, no puede dejar de mencionarse el consumo de cannabis para uso recreativo. Generalmente se obtiene a partir de todas las partes de la planta hembra: hoja, tallos y flores. La resina producida por la flor madura --parte premium para los consumidores de esta planta que se conoce como hachis (polvo rico en tricomas)--, y la flor en si es el lugar de mayor concentración de Delta 9, Tetrahydrocannabinol, el principio activo responsable de los efectos en la esfera psíquica. Obviamente, todo esto incluido en sus más de 80 cannabinoides y más de 500 sustancias químicas hace de la planta una atractiva fuente de esperanzas para uso terapéutico. La Cannabis Sativa como variedad vegetal (aceites, resina y semillas) se encuentra dentro del cuadro IV (lista Prohibida) de la Convención Única de Estupefacientes de 1961 (Nueva York), en tanto su principio activo THC, en el cuadro I (Prohibida) de la Convención de Sustancias Psicotrópicas de 1971 (Viena), y es considerada, por lo tanto, psicodepresora, psicoestimulante y alucinógena del SNC. La Argentina es signataria de ambos tratados internacionales, que dieron origen a las leyes sanitarias nacionales 17.818 y 19.303, respectivamente.
En los EE.UU, el cannabis fue criminalizado en 1937. Pero hoy 25 de sus estados han legalizado la marihuana para uso medicinal, algunos de ellos junto con el uso recreativo, siendo la ley Ohio una de las más restrictivas. Se estima que más de 100 millones de ciudadanos estadounidenses tienen acceso al cannabis. No obstante, en la actualidad el gobierno federal se encuentra autorizado a aplicar sanciones más allá de la legislación de cada estado, habida cuenta de los excesos que produjo el uso medicinal indiscriminado y el tráfico ilegal. Resulta obvio que el interés medicinal ciertas veces se entrecruza con lo comercial, y la Cannabis no deja de ser una tentadora oferta económica para algunos.
Ya en la región sudamericana, no se puede dejar de considerar la trascendente decisión del país vecino, la República Oriental del Uruguay (ROU). En diciembre de 2013, el Senado uruguayo aprobó la Ley 19172, que permitió una despenalización/liberación, y acepto la producción, la comercialización y el uso de la Cannabis con fines recreativos para ciudadanos mayores de 18 años. El autocultivo de hasta 6 plantas, la inscripción en clubes de membrecía (hasta 40 miembros) y la venta en farmacias que todavía no fuera implementada, fueron los aspectos principales de la ley. Los consumidores podrán acceder hasta 40 gramos por mes en cualquiera de las formas autorizadas, y bajo control del Instituto de Regulación del Cannabis (IRCCA). A principios de 2017 se registraron aproximadamente 6.200 cultivadores y 35 clubes. Con respecto a las farmacias, y siempre sobre el uso recreativo, de las más de 1.100 de ese país solo se han inscripto cerca de 13 (datos de marzo 2017), y se estima que otras 30 están observando el panorama para decidir al respecto. El hecho es que, al parecer, serían pocas las farmacias inscriptas, y esto puede obedecer, por un lado, a un dilema moral de los profesionales, pero por otro, también a cuestiones ligadas con la seguridad y la rentabilidad. No obstante, se estima que en julio comenzaría la venta. Cabe señalar que entre 2002 a 2014 el consumo de marihuana recreativa se incremento en 6 veces, más un reciente y preocupante aumento constante, estimándose que su prevalencia es cercana al 10% de la población, hecho que fue resaltado por las palabras del ex presidente Julio M. Sanguinetti cuando expreso que: “por un lado está la ley y por otro la realidad”.
Dicha ley contempla su uso medicinal, pero existe una dilación actualmente en la implementación de ciertos mecanismos tanto para el uso recreativo como medicinal. Respecto al uso médico, el Decreto reglamentario fue firmado en febrero de 2015, pero Uruguay deberá abordar los problemas que ya han enfrentado los países más adelantados en la terapéutica médica, como entre otros, la formación de los profesionales del ámbito sanitario, enfermedades, cepas, combinaciones, dosis, calidad. Las distintas miradas y conceptos llevaron a que el Sindicato Medico uruguayo, junto al Centro Internacional de Educación Endobotá0nico y la Junta, organizasen un curso intensivo con referentes de países avanzados en la materia, que se imparte desde abril de este año.
SOBRE MARIHUANA MEDICINAL
El resurgir de la investigación científica, el descubrimiento del sistema endocannabinoide del cerebro humano, que es el responsable de los efectos físicos y psicológicos del cannabis, y por lo tanto, su posible uso medicinal nos han llevado a los albores de nuevos descubrimientos. Al parecer el sistema endocannabinoide se encuentra relacionado con la regulación de muchas funciones básicas del cuerpo humano, que incluyen el sueño, el dolor, los estados de ánimo, la temperatura, el sistema inmune, la memoria y el aprendizaje, el sistema digestivo, los procesos inflamatorios, la función cardiovascular, la fibromialgia, la enfermedad de Parkinson, por citar solo algunas.
En tanto el Cannabis medicinal, para nosotros hoy por hoy nos concentra más en un aceite obtenido de la planta de marihuana pero con alto contenido de cannabidiol –CBD– y baja concentración de THC, la sustancia que causa adicción, y salvo proporciones que se alteran en otras partes del mundo según el tipo de patologías a las cuales se aplican, resultaría que un mayor porcentaje de CBD (antagónico al THC) potenciaría los efectos medicinales buscados.
Con el simple objeto de mencionar algunos parámetros para una planta naturalmente desarrollada, se podría estimar concentraciones de referencia aproximadas de THC de entre un 10 a un 25%, y de CBD del 1 al 7%, obviamente sin considerar que las variedades genéticamente modificadas, cultivos interior o exterior, región, clima, luz, aire, entre otros factores, hacen que todo porcentual sea muy relativo y variable.
El término “marihuana medicinal” también se utiliza generalmente para referirse al uso de toda la planta o de extractos crudos de ella para tratar una enfermedad o un síntoma. La Administración de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos (Food and Drug Administration, FDA por sus siglas en ingles) no ha reconocido o aprobado la planta de la marihuana como medicina, en cambio, se ha impuesto la categoría de “suplemento dietario”.
La FDA de los EE.UU. aprobó cannabinoides y están disponibles con prescripción médica algunos productos farmacéuticos sintéticos o semisintéticos. El dronabinol (Cuadro III), para el tratamiento de los vómitos y nauseas asociados con la quimioterapia para el cáncer en pacientes que no han respondido adecuadamente a los tratamientos antieméticos convencionales y al tratamiento de la anorexia. La nabilona (Cuadro II), para ser empleada en el tratamiento de las náuseas y vómitos asociados con la quimioterapia. Ambas análogas sintéticas al THC, pero con efectos adversos para considerar. Otro extracto medicinal es una combinación de THC y CBD (Sativex), pero su presentación en Spray-sublingual es utilizado para la esclerosis múltiple.
Otro producto en el cual se encuentran cifradas esperanzas es parte de una línea de extractos medicinales y ha recibido aprobación previa para ensayos clínicos Fase III. Uno de los principales a la fecha, y que se encuentra en esa categoría de medicamento en condiciones especiales y en estudio en hospitales de los EE.UU. es el Epidiolex, un extracto de canabidiol, prometedor para los síndromes de epilepsia grave resistentes a tratamientos tradicionales (Dravet, Lennox- Gastaut, etcétera).
Es dable destacar que, dentro de la comunidad científica internacional, ha crecido cada vez más el interés en los componentes químicos de la planta de marihuana, en especial el cannabidiol (CBD), para el tratamiento de ciertas condiciones ya mencionadas, en especial la epilepsia infantil a repetición, circunstancia riesgosa y causal de importante deterioro en los niños, a veces a costo de sus vidas, una enfermedad que ocasiona convulsiones violentas en el paciente, y en la que los tratamientos existentes no dan las respuestas necesarias.
Por esta razón, los científicos han cultivado plantas de marihuana y creado aceite de CBD exclusivamente para uso terapéutico. Y, si bien su éxito supera por el momento algo más del 50%, según las patologías, en muchos casos no hay otras alternativas viables. Las combinaciones de CBD, THC y CBN pueden brindar importantes beneficios terapéuticos. Afortunadamente, y cruzando la frontera de lo aceptable, estas drogas no tienen propiedades embriagadoras (CBD), por lo tanto no serian deseables para aquellos que usan marihuana en forma recreacional. No obstante, de todas formas la ignorancia de quienes proclaman un uso recreativo han creado un enfrentamiento de intereses comunes para necesidades muy distintas, más un estigma que a veces lamentablemente es difícil de superar.
Asimismo, organismos internacionales, como la propia OMS, prestigiosos médicos y especialistas han resaltado la necesidad de continuar estas investigaciones, que pueden llevar al descubrimiento de nuevos medicamentos, sobre los cuales no solo la comunidad científica sino toda la sociedad se encuentra esperanzada. Quedara para otras publicaciones, relatar experiencias significativas de países avanzados en estos aspectos, referentes como los EE.UU., Canadá e Israel, además de otras particularidades pertinentes.
En la Argentina se aprobó recientemente la ley para el uso medicinal de la cannabis, que posibilita la creación de un grupo profesional consultivo/científico; la provisión de la cannabis en forma gratuita; la intervención del CONICET y el Inta, entre otros organismos, todo bajo la tutela de las autoridades sanitarias, tales el Ministerio de Salud y la ANMAT. No obstante, por el momento sería prudente abstenernos de hacer comentarios ya que deberá todavía ser reglamentada, y recién en ese momento se podrán hacer las observaciones específicas. Pero el primer paso ha sido dado, deberemos entonces concentrar esfuerzos para recorrer el arduo y promisorio camino que nos espera.
Desde la terapéutica la Cannabis no es la panacea de la medicina, pero tampoco merece un trauma legal constante. Debemos trabajar y aprender mucho todavía, debemos evitar falsear datos por intereses particulares, debemos capacitarnos, reconocer que todavía hay falta de seguridades para el uso médico definitivo, pero también debemos asegurarnos que los gobiernos respeten y trabajen íntegramente por el derecho humano a la salud.
Pero si algo ya existe, y no hay dudas de ello, son las formidables cualidades científicas de los profesionales de nuestra Facultad, de los investigadores del CONICET y otros ya vinculados en la materia, sumado a la responsabilidad de autoridades regulatorias y sanitarias, mentes brillantes que nos dan una constante esperanza de vida.
Esp. Eduardo Barreiro
Técnico Superior Operativo Tráfico Ilícito de Drogas (Inst. Universitario PF.)
Especialista Nacional Avanzado en Narcotráfico (Sedronar-UTN)
Docente (JTP) Cátedra Legislación Farmacéutica
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