La Real Academia Española (RAE) incorporó recientemente al Diccionario Histórico de la Lengua Española un nuevo vocablo*: covidiota, s. m. y f. Persona que se niega a cumplir las normas sanitarias dictadas para evitar el contagio de la covid. Pero, ¿qué lleva a una persona a romper este contrato social sanitario y convertirse en un covidiota? El concepto de contrato social ha pasado a constituir un término de uso común, sin embargo en ese tránsito ha ido perdiendo sus rasgos semánticos medulares. La propuesta es revisitarlo desde concepciones de la filosofía política y la sociopolítica.
Es muy frecuente escuchar en los medios de comunicación a políticos, periodistas, columnistas y ´opinólogos´ aludir al contrato social para dar cuenta, por ejemplo, del cumplimiento o incumplimiento de las normas sanitarias, presuponiendo que el común de la ciudadanía conoce a ciencia cierta su significado e implicancias sociopolíticas. Se vuelve, entonces, necesario clarificar qué debemos entender por contrato social (CS).
Resulta difícil explanar de forma sencilla una corriente de pensamiento occidental tan prolífica como dispar, pero trataremos de ser escuetos en el rescate de sus rasgos más significativos.
Las teorías del CS analizan, piensan y debaten las ideas del origen de la sociedad y el poder político en un contrato, que puede ser tácito o expreso, para dejar el estado de naturaleza y avanzar hacia el estado social y político. Hallamos a algunos de sus representantes más conspicuos en Europa entre los siglos XVII y XVIII: Thomas Hobbes (1588-1679), John Locke (1632-1704) y Jean-Jacques Rousseau (1712-1778).
Ahora bien, este acuerdo, ¿realmente se produjo? Vemos tres posibles respuestas: 1) los que piensan que el paso de un estado de naturaleza a un estado societal es un hecho histórico; 2) quienes piensan que es una simple hipótesis con el fin de crear un marco racional y jurídico del Estado; 3) y, finalmente, están los que se desprenden de las cuestiones antropológicas y filosóficas y ven a este CS como un instrumento para poner límites al poder.
El pilar de la teoría del CS y los pensadores del contractualismo es el estado de naturaleza, una condición anterior a que los hombres se reúnan bajo un pacto entre pares. Aquí, en este punto, comienzan a surgir distintas maneras de pensar. Para Hobbes este estado de naturaleza es un momento de guerra; por contra, para Locke es un momento de paz muy débil; y para Rousseau, es felicidad máxima.
En el Leviatán (1651) Thomas Hobbes expone: “Autorizo y abandono el derecho de gobernarme a mí mismo, a este hombre o a esta asamblea de hombres, con la condición de que tú abandones tu derecho a ello y autorices todas tus acciones de manera semejante”. Para él, en el estado de naturaleza el hombre vive en libertad e igualdad absoluta, pero en vez de ser una situación ideal es un momento desfavorable. Al ser libre se puede matar, robar, apropiarse de lo que se desee. Al encontrarse en una situación de libertad total no existe la justicia ni la injusticia; no existe la moralidad o la inmoralidad; ni lo bueno ni lo malo, en consecuencia “el hombre es el lobo del hombre”. Estaríamos, así, en un estado de guerra constante. Entonces, los hombres ceden todas sus libertades a una monarquía absoluta que deberá garantizar la convivencia “pacifica”. El monarca debe velar por las garantías de los hombres, él es quien “deja vivir y decreta morir”.
Esta idea de contrato creador del Estado como pacto entre miles de individuos también está presente en el Ensayo sobre el gobierno civil de Locke, “todas las sociedades políticas arrancaron de una unión voluntaria y del mutuo acuerdo entre sus hombres, que actuaban libremente en la elección de sus gobernantes y de sus formas de gobierno”.
Desde esta concepción, durante el pacto, a diferencia de Hobbes, no se regalan los derechos naturales, sino que se los cede a cambio de derechos civiles (básicamente libertad y propiedad privada) a un monarca. Si este no cumple con su parte del pacto, los ciudadanos pueden romper el contrato acordado. Locke piensa que el poder debe ser delegado a una monarquía parlamentaria, que mediante una división de poderes, garantiza los derechos civiles acordados.
Para Rousseau, el estado de naturaleza se caracteriza, a diferencia de Hobbes, por un hombre libre, en paz, que es capaz de encontrar felicidad con las pocas necesidades elementales resueltas. Los instintos crueles resultan, entonces, ser producto de las sociedades. La naturaleza ha hecho al hombre feliz y bueno, pero es la sociedad quien lo deprava y lo hace miserable (se trata del concepto del ´buen salvaje´). Consecuentemente, si vamos a ceder todo lo bueno de un estado de naturaleza, deberemos recibir algo mejor a cambio. Entonces, una sociedad debe gobernarse siguiendo la voluntad general, una organización social, democrática, donde las personas siguen manteniendo sus derechos y libertades.
Aún hoy podemos vislumbrar las improntas subyacentes de estos pensadores en las diferentes cosmovisiones sociopolítico económicas contrapuestas con las que se pretende encausar la vida societaria.
¿Existía un contrato social prepandémico?
Hasta aquí, un breve resumen de las tres teorías clásicas del surgimiento del CS. Entonces, teniendo en cuenta este diminuto marco teórico, podemos preguntarnos: ¿el 20 de marzo de 2020 pactamos un “nuevo” contrato social sanitario?, ¿qué tipo de contrato “firmamos”?, ¿existió hasta el 19 de marzo de 2020 un contrato social sanitario con otras características?, los interrogantes tienen múltiples respuestas, según la condición de cada individuo. Es así como cada uno asume un pacto diferente dependiendo del punto de origen en el que nos encontramos (desde un aspecto sociopolítico y económico). Acatamos normas, reglas, nuevas formas de vida que nos impuso la pandemia mundial, acordamos quedarnos en casa, mantener el distanciamiento social y evitar los encuentros sociales.
La realidad, para el filósofo español Paul Preciado, ha cambiado de forma brusca y repentina. El sujeto que la Covid-19 ha ´fabricado´, dice, “no tiene piel, es intocable, no tiene manos. No intercambia bienes físicos, ni toca monedas, paga con tarjeta de crédito. No tiene labios, no tiene lengua. No habla en directo, deja un mensaje de voz. No se reúne ni se colectiviza. Es radicalmente individuo. No tiene rostro, tiene máscara”*.
¿Qué sucedió con este cuasi contrato social sanitario?, si realmente existió, ¿por qué se desgastó?; y en este marco, los covidiotas y los negacionistas de toda índole ¿son los precursores de este resquebrajamiento?
Michel Foucault (1926 – 1984), un pensador perspicaz, argumentó que desde el siglo XVIII el Estado comenzó a pensar y llevar adelante políticas que intentan cuidar la vida de los ciudadanos, presentando de esta forma su noción de biopolítica. Con la consolidación del estado moderno durante la modernidad (siglo XVIII) se buscó una “normalización” sobre el cuerpo individual y el cuerpo social. Este cuerpo individual debía ser disciplinado para hacer un hombre productivo.
Foucault publicó a mediados de la década de 1970 “Vigilar y castigar, nacimiento de la prisión”, donde describe cómo Demiens, un regicida que intentó asesinar al Rey de Francia Luis XV en 1757, fue condenado y brutalmente descuartizado. El intento de matar al Monarca le valió la pena máxima; era necesario mostrar un castigo ejemplar, desproporcionado sobre el cuerpo del condenado. La brutalidad sería un ejemplo para que nadie intentara un acto similar.
Para el gran pensador francés, esta forma de poder denominada poder soberano, resultó ineficiente, y sentó las bases de la Revolución Francesa; así la sociedad de la época comenzó a reclamar el poder al viejo orden político, momento culminante con la toma de la Bastilla el 14 de julio de 1789. El nuevo escenario revolucionario propició el debate para la gesta de un inédito tipo de poder, el rey soberano ya no es quien quita la vida de los súbditos. Aparece aquí una idea revolucionaria que se expandiría rápidamente a todos los órdenes sociales. El poder debe ser ejercido sobre aquellos individuos ´peligrosos´ para la estructura societal. Foucault describe esto como poder disciplinario, este control ser ejerce a partir de estructuras “arquitectónicas”, así nace la mirada del vigilante: el panóptico*** en todo su esplendor.
Esta nueva forma de disciplinamiento nace en las cárceles y rápidamente se expande como un rizoma a instituciones educativas, espacios de producción de mercancías (fábricas), hospitales, etc. Así pues, todas las instituciones tendrán una estructura panóptica; el común denominador será controlar las conductas. Esta forma de poder, mucho más eficiente que las barbaries del viejo régimen, comenzará a fusionarse con el nuevo poder en la sociedad industrial, democrática y liberal. Este nuevo poder será muy eficiente en el registro de los nacimientos, las defunciones, los casamientos… Es decir, ya no se controlará exclusivamente la conducta individual del criminal o la del ciudadano “anormal”, sino que se buscará controlar a la población toda. El académico francés lo define como biopoder, capaz de diseñar políticas públicas de salud, educación, vacunación, etc. Nace, así, la biopolítica como un control sobre los ciudadanos no en tanto individuos sino en tanto población. A partir de allí se implementan políticas públicas para las epidemias, las pandemias, la salud social (en un aspecto macro), las tasas de natalidad, de mortalidad... Foucault propone, por tanto, que la biopolítica busca modificar aspectos de la sociedad para hacerla útil, sana, eficiente, productiva.
Poder soberano, disciplinario y biopolítica en contexto de enfermedades
Muchas de las enseñanzas de Foucault analizan el poder y sus cambios a lo largo de la historia, así para explicar el poder soberano en el contexto de enfermedades toma como ejemplo los flagelos de la lepra en el viejo mundo. El Soberano, al observar las calles de su ciudad infectada por leprosos, dictaminaba que los enfermos debían ser recluidos, expulsados; y si alguien osaba cuestionar la autoridad, lo último que verían sus ojos sería el brillo del acero resplandeciente. El Monarca dejaba vivir y dictaminaba la muerte.
Con la llegada de la Revolución, el advenimiento de las “luces” y el poder disciplinario, las enfermedades serían pensadas desde otra perspectiva. La peste de los siglos XVII y XVIII produjeron un cambio radical, los focos de infección comenzaron a ser delimitados, las poblaciones serían separadas para evitar los contagios y la propagación de la enfermedad; las ciudades se estructurarían para controlar los movimientos de los habitantes enfermos. A diferencia de la lepra, ya no serían exiliados, excluidos, rechazados y olvidados, sino que en este nuevo escenario se realizaría un esmerado un análisis y control del territorio y los padecientes.
Finalmente, analizando los parámetros de la biopolítica y la epidemia devastadora de viruela que azotó a toda Europa durante el siglo XVIII, comenzaron a pensarse y aplicarse dispositivos de prevención, cálculo de probabilidades, etc., que dieron origen a políticas sanitarias de prevención. Ya no se requiere entonces que los enfermos sean expulsados, ni limitados a espacios geográficos dentro de las ciudades. Ahora, en cambio, las enfermedades serán estudiadas desde ejes sanitarios.
¿Y en el marco de esta pandemia de la covid-19?
Habitualmente se sostiene que en el mundo, y la Argentina no será la excepción, un número creciente de ciudadanos exhiben escaso apego a las normas. Carecemos de respeto normativo, no podemos entonces, asombrarnos por la falta de responsabilidad social. Un nuevo contrato social sanitario solo será exitoso si construimos estructuras (que abarquen todos los aspectos de una vida social) donde el orden, la responsabilidad y el poder disciplinario sean un proyecto a largo plazo. Somos el reflejo de la sociedad en la que nos formamos y crecemos. Hoy vivimos la pandemia de covid-19 moviéndonos entre aspectos disciplinarios (como el confinamiento, las limitaciones en la libre circulación) y biopolíticos (como la vacunación). Encontrar el punto de equilibro dependerá de cada uno de nosotros y del rol político que queramos asumir.
Leonardo Santolini, miembro de la Subsecretaría de Comunicación y Cultura y del Equipo de gestión editorial de En Foco, Facultad de Farmacia y Bioquímica, Universidad de Buenos Aires.
Notas
*https://www.rae.es/dhle/covidiota
**https://www.enestosdias.com.ar/4447-la-gestion-de-las-epidemias-como-un-....
Para avanzar en la comprensión, se sugiere además leer el aporte de la investigadora principal del Conicet, doctora en Ciencias Jurídicas Marisa Miranda, titulado “Juicio a la COVID-19. Estado de Derecho, libertades y pandemia”. https://sehmepidemiassaludglobal.wordpress.com/2020/11/25/juicio-covid-1...
***De pan- y el gr. ὀπτικός optikós 'óptico'.
1. adj. Dicho de un edificio: Construido de modo que toda su parte interior se pueda ver desde un solo punto. U. t. c. s. m.
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